Quiénes Somos
HISTORIA
JAIRO CABEZAS ARTEAGA, nació en la ciudad de Neiva el 23 de septiembre de 1953. Una vez cursó su bachillerato en su ciudad natal, se trasladó a Bogotá y en 1980 culminó sus estudios universitarios como abogado de la Universidad Libre de Colombia. Posteriormente, adelantó su especialización en Derecho de Familia en la misma universidad, y, en 1983, llevó a cabo su especialización en Derecho Comercial en la Pontificia Universidad Javeriana. Finalmente, en 1985 realizó su especialización en la Universidad del Rosario en Derecho Administrativo.
Sobre su recorrido laboral, se vinculó como servidor público desde 1974 hasta 1988 en el Instituto Colombiano Agropecuario- ICA-, posteriormente decide retirarse para proceder a defender los derechos de los empleados públicos en temas laborales y contenciosos administrativo y es allí que nace JAIRO CABEZAS ABOGADOS.
Nuestro Equipo
PROFESIONALES
ALTAMENTE CALIFICADOS
Jairo Cabezas
ABOGADO UNIVERSIDAD LIBRE
Fundador de nuestro bufete de abogados, cuenta con más de 30 años de experiencia en litigios contra el Estado y en defensa de derechos de los servidores públicos
ESPECIALIZACIONES:
- Derecho de Familia, Universidad Libre
- Derecho Comercial, Pontificia Universidad Javeriana
- Derecho Administrativo, Universidad del Rosario
María Gutíerrez
ABOGADA UNIVERSIDAD LIBRE
Nuestra profesional cuenta con más de 30 años de experiencia en litigios en áreas de Civil, Penal y Familia.
ESPECIALIZACIONES:
- Derecho de Familia, Universidad Libre
- Derecho Penal y Criminología, Universidad Libre
Jhon Cabezas
ABOGADO UNIVERSIDAD LIBRE
ESPECIALIZACIONES:
- Derecho Administrativo Universidad Del Rosario
- Seguridad Social Universidad Del Externado
Andrés Cabezas
ABOGADO UNIVERSIDAD
LA GRAN COLOMBIA
Cuenta con más de 15 años de experiencia en seguridad social, laboral y litigios contra el Estado.
ESPECIALIZACIONES:
- Especialización en Seguridad Social Universidad del Externado
30 Años
NUESTRA FIRMA
EXITOS REPRESENTATIVOS
- Fuimos actores de la demanda de inconstitucionalidad contra los Art. 8 y 16 de la ley 38 de 1989 que consagraba la inembargabilidad del Presupuesto General de la Nación y que fue resuelta por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-546 de 1992. Con ocasión de este fallo, se dio vía libre a la embargabilidad del presupuesto general de la nación para el pago de obligaciones pensionales. La importancia de dicha sentencia radica en que previo a este fallo, las prestaciones sociales, una vez eran reconocidas, no eran pagadas oportunamente a los reclamantes dado que siempre se alegaba la falta de dinero por parte de las entidades públicas para realizar dichos pagos, y dado que el presupuesto no se podía embargar, se tenía que esperar hasta que en ente pensional pagara la pensión.
- Apoderados de la demandante ANA BEIVA TOVAR en acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra Caja Nacional de Previsión Social, quien fuera exfuncionaria de la Gobernación de Cundinamarca, donde en fallo con fuerza de ley del Juzgado y Tribunal Administrativo se ordenó el reconocimiento de la PRIMA TÉCNICA como factor salarial junto con todos los demás factores salariales devengados en el último año de servicios.
- Apoderados en la acción de nulidad y restablecimiento del derecho impetrada por el señor LUÍS MARIO VELANDIA contra la Caja Nacional de Previsión Social que cursó en la sección segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y, a la postre, desembocó en la sentencia de UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA, del H. Consejo de Estado del 04 de Agosto de 2010 con Ponencia del Consejero Dr. Víctor Hernando Alvarado Ardila Radicado No. 25000232500020060750901.
- Consultores de la Asociación Nacional de Pensionados del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ANPICBF.
- Consultores del Sindicato de Trabajadores y Empleados de la Educación de Cundinamarca SINDECUN.
- Consultores del Sindicato de la Contraloría General de la República.
MISIÓN
Como firma de abogados con especialización en Derecho Laboral, Seguridad Social y afines, a través de nuestra ética, nuestra experiencia y la continua formación y capacitación de nuestro equipo de trabajo, ofrecemos a nuestros clientes herramientas que les permiten lograr soluciones integrales para la protección sus intereses económicos y sociales.
VISIÓN
Para el año 2030, buscamos ser la firma líder en la prestación de servicios legales en materia laboral y administrativa, con resultados eficientes, éticos y honorables a nuestros clientes y comunidad.
ESTRATEGIA
Constante capacitación en las áreas y materias que son competencia de nuestro bufete, hacer investigación permanente sobre las normativas conceptos y evolución de las leyes, generar prospectos y desarrollar soluciones integrales, las cuáles apliquemos en pro de cada uno de nuestros usuarios. La mayor garantía de excelencia y ética, consiste en que nuestro trabajo sea a resultado. Nuestros usuarios podrán tener la plena confianza de que su dinero no será mal gastado al hacer uso de nuestros servicios; de allí que nuestros honorarios, en la mayoría de los casos, estén supeditados al resultado favorable de las reclamaciones.